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Cómo solicitar el registro del deudor alimentario en Provincia de Buenos Aires?

Cómo solicitar el registro del deudor alimentario en Provincia de Buenos Aires?

Solicitar al Juez interviniente que el demandado se encuentra incumplimiento mas de tres cuotas o cinco en forma alternada y que dicho evento se registre en "el Registro de Deudores Alimentarios", porque éste registro es solicitado para sacar licencia de conducir, se lo piden en entidades para acceder a un crédito, incluso para ingresar a un empleo público, en fin, de alguna manera si necesita realizar una gestión ese deudor, va a tener que ponerse al Día con su deuda,
¿Qué es el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – RDAM-?
Creado por la Ley 13.074, comienza a funcionar a mediados del año 2004 y tiene por objeto registrar por orden judicial a todo obligado al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude determinado número de cuotas (tres cuotas consecutivas o cinco alternadas) y previa intimación al pago. También tiene la función de expedir certificados de “libre deuda” o no, conforme conste registrado o no como deudor alimentario moroso. ¿Quienes pueden pedir la inscripción del deudor?
El acreedor de los alimentos, deberá gestionar ante el juez de la causa, que se ordene mediante oficio la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Por su parte el deudor que los haya satisfecho, deberá gestionar el levantamiento posterior. La registración quedará cancelada de oficio, por el mero vencimiento del término de 5 años, si antes no se reinscribiera (art. 24° Dto. 340/04). ¿Qué implica la inscripción para un deudor moroso?
Implica que las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales, no darán curso a operaciones bancarias como la obtención de créditos, tarjetas de crédito o apertura de cuenta corriente entre otras. Que no se le otorgará o renovará la licencia de conducir. Que no podrá ser proveedor de la Provincia, Municipios ni organismos descentralizados. Que no se le otorgarán habilitaciones para la apertura de comercio y/o industrias, ni concesiones o permisos. Que no podrá participar en licitaciones. Se que más de uno conoce ésta información pero todos los días aprendemos algo, les comento porque yo misma no la he tenido en cuenta. Buenas noches a todos! ACA VA EL LINK DE PROVINCIA


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